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Durante casi tres décadas, una mujer trabajó con batín blanca detrás del mostrador de una droguería del sur de Francia, atendiendo a pacientes y dispensando medicamentos como cualquier técnica cualificada. Sin secuestro, tras 27 primaveras de servicio, una inspección rutinaria descubrió poco sorprendente: no tenía el título oficial de técnica de droguería.
Aunque ese detalle, en un primer momento, podría llevarnos a señalar a dicha empleada con el dedo, el caso ha terminado teniendo relevancia jurídica para los empleadores de todo el país.
Y es que la neutralidad francesa acaba de dictaminar que su despido fue improcedente, y obliga ahora al dueño de la droguería a pagarle 34.800 euros de indemnización, adicionalmente de 3.000 euros en costas judiciales, por no tener verificado sus credenciales a tiempo.
La argumentación es sencilla: la responsabilidad de comprobar la titulación recaía en la empresa, no en la trabajadora.
Todo empezó en 1998, cuando una imberbe fue contratada como préparatrice en pharmacie —técnica de droguería— en una botica de la región de Provenza. En aquel momento, nadie le pidió su diploma, y ella comenzó a trabajar con normalidad. La droguería cambió de propietarios varias veces a lo espacioso de los primaveras, y su entendimiento se fue transfiriendo sin interrupciones, la última vez en 2015, cuando nuevos gerentes adquirieron el negocio.
Durante todo ese tiempo, su desempeño fue satisfactorio y nadie cuestionó su cualificación. Todo cambió cuando, a finales de 2017, un inspector de la ARS (Agencia Regional de Salubridad) realizó una inspección aleatoria y pidió los títulos de todo el personal.

Fue entonces cuando se descubrió que la trabajadora no tenía el diploma oficial requerido por la legislatura sanitaria.
Los nuevos dueños intentaron obtener una copia del documento. Primero se lo solicitaron verbalmente, y a posteriori mediante dos cartas enviadas entre diciembre de 2017 y enero de 2018. Sin secuestro, la empleada se encontraba de desvaloración médica desde el 11 de diciembre y no respondió. La dirección decidió entonces suspenderla cautelarmente y, en febrero de 2018, la despidió por desatiendo reservado, alegando "mentira" y "desatiendo de buena fe".
El empleador argumentó que ella había ocupado un puesto regulado sin el título necesario, exponiendo al establecimiento a sanciones penales. Pero la trabajadora sostuvo lo contrario: nunca ocultó su situación y, según dijo, los antiguos propietarios sabían perfectamente que no tenía diploma y que trabajaba bajo autorización o supervisión.
La omisión, insistió, fue del nuevo propietario que no revisó los archivos al comprar la droguería.
El caso ha ido pasando, a lo espacioso de siete primaveras, por diversas instancias judiciales, reflejando la complejidad del asunto y la importancia del precedente que estaba en pernio.
Finalmente, el Tribunal de Apelación (el mayor víscera contencioso francés) fue tajante: un empleador que mantiene durante primaveras una relación gremial sin probar las cualificaciones no puede despedir por causa reservado alegando un defecto que él mismo ignoró o permitió.
En el fondo, la sentencia no pretende eximir de responsabilidad a los trabajadores, sino rememorar que la omisión empresarial no puede transformarse en una desatiendo disciplinaria del empleado.
La resolución no hace sino subrayar una responsabilidad empresarial a menudo ignorada, y reitera un principio central del derecho gremial francés —y desplegable a otros países europeos—: la carga de la demostración documental recae en la empresa.

Esto es especialmente importante en profesiones reguladas, como la farmacéutica, la sanitaria o la educativa, donde la titulación no es opcional sino un requisito indispensable para cultivar. Encima, el tribunal resaltó que, tras más de dos décadas de vínculo gremial, la empleada había actuado con transparencia y sin disimulo.
El resolución, adicionalmente, recuerda que la responsabilidad empresarial es continua y no delegable, incluso en casos de sucesión o traspaso de negocios
El caso plantea un debate sobre la diligencia empresarial y la administración de personal en sectores regulados. No sólo se comercio de cumplir con la ley, sino de aprestar sanciones administrativas y conflictos laborales. Para ello, los empleadores deben adoptar protocolos preventivos, como el de probar títulos y certificaciones ayer de contratar o al encargarse un negocio.
Imagen | Marcos Merino mediante IA
En Genbeta | Fue despedida de su empleo y poco a posteriori volvió a la misma empresa con un salario longevo, una recorrido de cuatro días y más reposo
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