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La transformación digital ha obligado a los gobiernos a adaptar sus legislaciones para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos en Internet. La Unión Europea, por ejemplo, ha desarrollado todo un conjunto de normativas pioneras, entre las que destaca la Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés), con el objetivo de regular las plataformas digitales.
Sin incautación, España se encuentra actualmente en el punto de mira de Bruselas por no suceder implementado completamente esta ley en su propia reglamento interna, lo que ha motivado que la Comisión Europea haya interpuesto una denuncia contra nuestro país en presencia de el Tribunal de Conciencia de la Unión Europea (TJUE).
Y es que el retraso de España no se ve sólo un problema técnico o premioso: afecta directamente a la capacidad de proteger a los usuarios, especialmente los más vulnerables, como los menores de antigüedad, y pone en cuestión el compromiso del país con los principios digitales de la UE.
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La Ley de Servicios Digitales fue aprobada por la UE en 2022 como parte de un paquete legal que incluía asimismo la Ley de Mercados Digitales (DMA). Esta fuero representa uno de los pilares de la logística europea para controlar el poder de las grandes plataformas tecnológicas y proteger a los usuarios frente a contenidos ilegales, prácticas comerciales opacas y desinformación.
La DSA introduce obligaciones para grandes plataformas (como X, Facebook, TikTok, Amazon o Instagram) en áreas como:
Uno de los medios esencia de la reglamento es la creación de la figura del 'coordinador doméstico de servicios digitales', que sería el responsable de supervisar el cumplimiento de la ley en cada país miembro.

España, a pesar de suceder designado a la Comisión Doméstico de los Mercados y la Competencia (CNMC) como su coordinador doméstico, no ha otorgado aún las competencias necesarias para que este organismo pueda llevar a cabo con efectividad. Encima, no ha establecido un régimen sancionador que castigue a las plataformas que infrinjan la DSA.
La Comisión Europea ya había apto a España y a otros países —Polonia, Portugal, Chipre y República Checa— sobre la carestia de llevar a cabo antaño del 17 de febrero de 2024, plazo fijado por la DSA para implementar sus disposiciones esencia. En presencia de la inacción, Bruselas ha llevado a estos cinco países en presencia de el TJUE.
La Comisión Europea ha sido clara: la error de obra por parte de España pone en aventura la aplicación uniforme de la reglamento en toda la Unión, debilitando la capacidad de respuesta en presencia de abusos digitales. Si el TJUE defecto en contra del Gobierno gachupin, puede imponer sanciones económicas, especialmente si continúa el incumplimiento tras la sentencia.
En el caso de España, el Ejecutante trató de corregir esta situación a través del llamado 'decreto ómnibus', que contenía una disposición para dotar de funciones a la CNMC. Sin incautación, el decreto fue rechazado en el Congreso de los Diputados, impidiendo que la medida entrara en vigor.
Como alternativa, el Gobierno ha incluido la regulación en el Plan de Ley de Gobernanza Democrática en Servicios Digitales y Medios de Comunicación, actualmente en escalón de tramitación. Esta norma prevé sanciones que oscilan entre 30.000 euros para infracciones leves hasta el 6% del grosor de negocios anual de las plataformas infractoras.
Imagen | Marcos Merino mediante IA
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