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El Gobierno ha dado luz verde a la tramitación de la nueva ley de protección del pequeño que ahora tendrá que aprobar el Congreso de los Diputados. Un texto reglamentario que amparará a estos ciudadanos en el entorno digital donde se pueden encontrar grandes problemas.
Ciberacoso, casos de exceso de menores, fraudes, creación de deepfakes sexuales con imágenes de los adolescentes o suplantación de identidad para perseguir a un pequeño de existencia. Estos son algunos de los problemas de las redes que esta ley va a tratar de revertir al introducir nuevos delitos en el código penal y incluso con nuevas restricciones en el uso de las redes sociales. Aunque esto postrer todavía nos genera muchas dudas de cómo se aplicará.
16 primaveras como pequeño. Esta es la nueva existencia mínima para poder alcanzar a las redes sociales, que aumenta desde los 14 primaveras que es lo válido en la contemporaneidad. En concreto se modifica así la existencia mínima de consentimiento para el tratamiento de datos personales recogida en la Ley de Protección de Datos.
¿Cómo se demuestra que algún tiene 16 primaveras? Hasta ahora, para alcanzar a las redes sociales solo era necesario introducir una momento de partida que fácilmente se puede alterar o pulsar una casilla donde el pequeño afirma que tiene más de 14 primaveras. Dos sistemas que lógicamente no están funcionando en la contemporaneidad para identificar a los menores.


El sistema que se debe usar para probar la existencia de los usuarios que van a alcanzar a las redes sociales no está claro. La ley se limita solamente a modificar el artículo 89 de la Ley Genérico de Comunicación Audiovisual. Su redacción apunta a que los prestadores de servicios de intercambios de vídeo deben usar sistemas de comprobación de existencia. Su contenido es el ulterior:
Sistemas de comprobación de existencia para los usuarios con respecto a los contenidos que puedan perjudicar el crecimiento físico, mental o recatado de los menores que, en todo caso, impidan el comunicación de estos a los contenidos audiovisuales más nocivos, como la violencia gratuita o la pornografía.
De esta guisa, se vuelve a programar el gran problema que existe a la hora de alcanzar a contenidos pornográficos que no cuentan con un sistema de comprobación de existencia efectivo. Tanto la AEPD como la FNMT trabajan en plataformas para poder hacer esta comprobación, presentando ya importantes retrasos en su extensión.

El problema en este caso es que el sistema de comprobación debe contar con las garantías de privacidad suficientes. De esta guisa, compartir una fotografía del DNI no es lo más recomendable por esta invasión en la privacidad. Esto hace que tengamos encima de la mesa un cambio constitucional que difícilmente se va a poder cumplir como ya hemos manido en el pasado, con el divisoria de existencia en 14 primaveras. Al menos hasta que la útil de la AEPD esté arreglado para todos.
Nuevos delitos. La presentación de la inteligencia químico ha provocado que internet sea un división donde puede aparecer una imagen falsa pero que parezca muy auténtico. Esto es lo que llamamos Deepfakes y que ahora tendrá un nuevo artículo en el Código Penal. En concreto, el 173 bis. Se impondrán penas de mazmorra de hasta dos primaveras para quien haga estas creaciones y las difunda o exhiba sin autorización. Poco que se aplicará a toda la sociedad.
El hacerse ocurrir por un adolescente cuando se tienen unos cuantos primaveras más incluso va a estar penado. El grooming, que es como se denomina, ahora estará penado cuando se demuestre que un adulto ha tratado de ingresar la confianza de un pequeño por redes sociales o juegos en raya.
Nueva orden de alejamiento potencial. Pese a que ya se estaba aplicando, ahora esta nueva ley realiza las modificaciones oportunas en el Código Penal para que las clásicas órdenes de alejamiento lleguen a internet. De esta guisa, un acosador no podrá contactar a través de redes sociales, foros, plataformas de comunicación o cualquier espacio potencial.
Las cajas de saqueo solo para mayores de existencia. Una nueva forma de evitar la ludopatía entre los más jóvenes que tienen la escazes de comprar este contenido en videojuegos con recompensas aleatorias. Nuevamente aquí se tiene la gran pregunta de cómo se podrá determinar qué jugadores son menores de existencia sin burlar contra su privacidad.
Imágenes | Ben Wicks Alvin Mahmudov
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