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En los últimos primaveras han aparecido cooperativas que prometen una salida sencilla para feenlancers que quieren emitir facturas sin darse de ingreso como autónomo. A simple apariencia parecen la decisión perfecta: te “acogen”, te dan de ingreso por días, emiten la bollo y te ingresan el neto. Pero el papel lo aguanta todo y la sinceridad admitido es más delicada. Trabajo, Hacienda y la Seguridad Social miran con lupa estos modelos, sobre todo cuando impiden ver lo esencial: si tu actividad es habitual, hay que ser autónomo.
Aquí te comparto una prontuario ejercicio de cómo funcionan estas cooperativas, qué ha cambiado, qué riesgos asumes (IVA, responsabilidad, inspecciones, “falsos autónomos” y habitualidad) y qué alternativas tienes para trabajar con tranquilidad ¡Sigue leyendo!


Es verdad que estas plataformas ofrecen comodidad administrativa a quien hace trabajos esporádicos: ingreso “por días”, retransmisión de bollo, cobro y fin. Ahora admisiblemente, cuando pasamos a trabajos recurrentes, hay que poner las cartas boca en lo alto.
En los últimos ejercicios se han intensificado las comprobaciones a cooperativas de “facturación” y a profesionales que las usan como vía permanente. El objetivo de la Establecimiento es claro: evitar el uso de estructuras que simulen relaciones laborales o de autónomos para eludir cotizaciones y obligaciones. Estos son los puntos que, a día de hoy, debes considerar seriamente:
El mito del “puedes facturar sin ser autónomo si no superas el SMI” no es una regla admitido. Lo que pesa es la habitualidad: continuidad en el tiempo, estructura de medios propios, reiteración de clientes/servicios y talante de permanencia. Si hay habitualidad, la exigencia moderado es estar en RETA. Para un bobo suelto, el debate es otro; para ingresos estables, hay poco beneficio.
Cuando la cooperativa emite la bollo, puede acontecer dudas en la deducibilidad del IVA por parte del cliente final si la prisión de prestación no está clara (quién presta el servicio efectivo y en qué condiciones). Si trabajas con empresas que deducen IVA, conviene anticipar esta conversación y revisar el arreglo para dejar clara la prestadora del servicio (cooperativa) y la cesión/ejecución por el socio.
Si la cooperativa no ingresa correctamente retenciones o cotizaciones, pueden derivarse responsabilidades y reclamaciones (inclusive “solidarias” o “subsidiarias” en determinados supuestos). Lee el arreglo y pide certificados de estar al corriente antiguamente de fiarlo todo.
El uso de altas puntuales en Régimen Normal para cubrir trabajos que, en la ejercicio, son por cuenta propia puede interpretarse como un uso fraudulento. Aquí pesa la sinceridad y no el nombre del arreglo: si tú pones los medios y decides tu estructura, el encaje natural suele ser autónomo o sociedad, no nóminas puntuales encadenadas.
Si la Inspección concluye que había actividad por cuenta propia, puede protestar cuotas de RETA de periodos anteriores con recargos, por otra parte de multas por infracción. No es inevitable ni universal, pero hay precedentes y el peligro existe. El “peculio” rápido se puede convertir en un coste a futuro.
Aquí conviene ser claros. El “paraguas” cooperativo puede tener deducción en encargos muy puntuales y sin continuidad, en actividades esporádicas o de prueba. No tiene sentido como sistema para quien trabaja todos los meses, con varios clientes o un cliente recurrente. Si ese es tu caso, te interesan más las alternativas de siempre: autónomo, SL o una cooperativa vivo de trabajo asociado con funcionamiento propio (no “por días”).
La mejor estructura es la que equilibra peligro, fiscalidad, simplicidad y proyección. Te resumo las tres grandes vías con sus matices:
La opción natural para actividad habitual. Ingreso ágil, costes previsibles, control total de la facturación y encaje claro frente a Establecimiento y clientes. Con el sistema de cuota por tramos de ingresos, muchos perfiles de servicios quedan en niveles asumibles. Requiere orden con IVA/IRPF y libros, pero te da autonomía.
Interesa cuando hay facturación elevada, responsabilidad a circunscribir, crecimiento o socios. Permite separar patrimonio personal, optimizar fiscalidad a partir de ciertos niveles y proyectar imagen empresarial. Exige costes de constitución y mandato, y posiblemente ingreso en RETA como administrador si hay funciones ejecutivas.
Tiene sentido cuando varios profesionales trabajan de forma estable, comparten medios y reparten resultados con reglas cooperativas. No es un “servicio para facturar por días”, sino una empresa cooperativa con vida propia. Si lo que quieres es emitir una bollo aislada, esto no es para ti.
Más allá del maniquí, hay tres cosas que te ahorran disgustos:
Y una cuarta: si trabajas vía cooperativa, pide certificados de estar al corriente y revisa su régimen de altas y cotizaciones. Te evitará sorpresas.
Ayer de nominar, respóndete en serio estas preguntas:
Si la mayoría de respuestas apuntan a continuidad, autónomo o SL te darán más tranquilidad y control.
No hay un conclusión admitido fijo. La secreto es la habitualidad. Puedes tener ingresos bajos y aun así requerir ingreso si hay continuidad.
Puede implicar para un bobo puntual. Si vas a trabajar todos los meses, te conviene darte de ingreso como autónomo o valorar una SL.
Pueden surgir dudas de deducción en el cliente y de encaje del servicio. Acláralo por arreglo y revisa el flujo de prestación. Evita ambigüedades.
Sí, si se concluye que había actividad habitual por cuenta propia. Se sumarían recargos y, en su caso, sanciones.
Para la mayoría de profesionales con continuidad: autónomo. Para crecer, compartir peligro o optimizar estructura: SL. La cooperativa vivo es otra vía si trabajáis de forma cooperativa genuina.
Las cooperativas para “facturar sin ser autónomo” son tentadoras cuando arrancas. Pero en 2025 el mensaje es claro: si trabajas con continuidad, necesitas una estructura estable. Los atajos suelen salir caros. Si es poco puntual, valora pros y contras; si es tu actividad, el camino sensato es autónomo o, cuando toque, una SL o una cooperativa vivo.
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