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Hace ahora un año publicamos la comunicación de que el sindicato Confederación Genérico del Trabajo (CGT) en Andalucía presentaba una denuncia contra una panadería de Málaga. Acusaban a la empresa de homofobia. Y es que 'La Semilla de Oro' entregó la salario a un trabajador bajo el concepto "salario mes de abril maricon" (sin tilde). Tras causar un gran revuelo en redes sociales en mayo de 2024, hoy hemos conocido la sentencia del caso.
El propietario del establecimiento deberá fertilizar 10.000 euros en concepto de daños morales, adicionalmente de otros 3.700 por la cese del acuerdo del trabajador. En el momento de la denuncia hace un año, el trabajador, que es trolo, incluso denunciaba, a través de la CGT, que previamente había sido acosado por la empresa "desde que se conociera su condición sexual".

Junto a asegurar que la cantidad a fertilizar es muy víctima en comparación a lo que reclamó el trabajador. Concretamente, el hombre pedía en su denuncia 230.000 euros, no solo por el trato homófobo que el afectado denunció, sino que añadía otras irregularidades fiscales.
A esto, incluso la panadería ha emitido un comunicado oficial, tras conocerse la sentencia, para dar su traducción de lo acontecido de forma pública.
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Como explica Noticias Jurídicas, el Supremo de lo Social número 5 de Málaga condena a una panadería de Coín (Málaga) a indemnizar con 10.000 euros a un empleado al que pagó con el concepto de "salario abril maricón" por "daños y perjuicios por la equimosis del derecho fundamental". Adicionalmente, declara la cese del acuerdo de trabajo y fija una indemnización, por esto, de 3.759 euros.

En la resolución, se estima una parte de la demanda presentada por el trabajador, en la que solicitaba "la cese de la relación sindical por quebrantamiento del derecho a la dignidad, honor, intimidad y propia imagen, integridad física y pudoroso e igualdad y no discriminación por motivos de la orientación sexual, violando el artículo 14 de la Constitución". Así lo relató el hombre en su momento, frente a la mutua de accidentes de la empresa, Ibermutua y como hizo manifiesto el indicato.

Ahora, el dueño de la panadería, condenado, ha emitido un comunicado de prensa que explica que es importante poner en contexto "lo que positivamente establece la sentencia", ya que, subraya que la resolución "descarta de forma rotunda la mayoría de los hechos" que relataba el demandante. El comunicado, publicado parcialmente por la Cadena Ser, afirma que "no hay ningún hecho que se relate en la demanda de comentarios, bromas o expresiones proferidas en el centro de trabajo por su condición sexual que en el acto del litigio se afirmó recibiera". El dueño de la panadería anunció que va a requerir esta sentencia.
Imagen | Foto de Nadya Spetnitskaya en Unsplash
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