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Los despidos improcedentes, si así lo dicta la ecuanimidad en España, se pueden saldar con buenas indemnizaciones para los trabajadores. Tenemos casos, como el muy significativo del "despido de la croqueta de Mercadona", que acabó con una indemnización de 40.000 euros y una valiosa aviso.
Hoy vamos a dar visibilidad a la historia de un trabajador en Madrid que se fue de compras en su trayecto sindical y acabó en la calle. Y sobre qué ha dicho la ecuanimidad respecto a su despido.

Un hombre trabajaba en una empresa encargada de conservar hidrantes contra incendios en Madrid. Su representación sindical era realizar más o menos de vigésimo inspecciones por día. La empresa, en la que llevaba dos primaveras trabajando (aunque con muchos primaveras de experiencia en el sector), vio un descenso de la productividad de este empleado y decidió investigarlo, para lo que contrató a una empresa de investigación privada.
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Como recoge Confilegal, el detective puesto por la empresa vio que el trabajador aprovechaba esas horas para realizar diferentes recados personales como irse de compras a supermercados y centros comerciales o asimismo se le vio paseando a su perro cerca de casa en horario sindical.
La empresa decidió despedirlo, o rescindir su entendimiento, dos meses a posteriori de acoger esta información. El hombre no estaba conforme con el despido y decidió acudir frente a el Magistratura de lo Social n.º 14 de Madrid. La ecuanimidad le ha hexaedro la razón.

El mencionado judicatura, en una sentencia del 8 de mayo de 2024 declaró la improcedencia del despido y condenó a la empresa a readmitir al trabajador, o indemnizarle con 48.899,49 euros. Luego, la empresa recurrió esta osadía frente al TSJM o Tribunal Superior de Honestidad de Madrid, frente a la sala de lo social que ha vuelto a dar la razón al empleado.
El motivo: las compras y los paseos del hombre habían prescrito cuando llegó el despido. La empresa tardó más de 60 días en imponer la consentimiento al empleado desde que tuvo conocimiento de los hechos y eso supera el plazo contemplado en el Estatuto de los Trabajadores.
Imagen | Foto de charlesdeluvio en Unsplash
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