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podrás recuperar hasta 20.000 euros tras esta sentencia

Publicado el 
febrero 6, 2025

En un equivocación histórico, el Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias que establecen criterios claros para considerar abusivos los contratos de tarjetas de plazo aplazado, las conocidas como 'tarjetas revolving'. Dicho veredicto supone un gran avance en la protección del consumidor, al permitir que los afectados puedan requerir la nulo de los intereses y el sistema de plazo revolving de sus contratos.

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Un equivocación a patrocinio del consumidor

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto que la errata de transparencia en la información suministrada a los consumidores al contratar estos productos financieros genera un bajo desequilibrio y que, en consecuencia, las cláusulas relativas a los intereses remuneratorios y el sistema de plazo revolving pueden ser declaradas nulas.

Según la plataforma de reclamaciones reclamador.es, los afectados podrán recuperar de media entre 2.000 y 20.000 euros, dependiendo de factores como el año de contratación del crédito y el tipo de interés esforzado.

Las claves de la sentencia

El Tribunal Supremo ha analizado dos casos concretos: STS núm. 154/2025, (relativa a un acuerdo firmado con Oney) y STS núm. 155/2025 (sobre un acuerdo suscrito con SPYMP mediante modalidad online).

Ambas resoluciones coinciden en que la documentación suministrada al consumidor ayer de la firma debe especificar con claridad los siguientes puntos:

  1. La cuota mensual y su forma de cálculo (cantidad fija o porcentaje de la deuda).
  2. La duración del acuerdo.
  3. La posibilidad de que el interés se aplique no solo sobre el renta dispuesto, sino además sobre la totalidad de la deuda (intereses, comisiones e indemnizaciones devengadas).
  4. Ejemplos prácticos que permitan al consumidor comprender los riesgos y comparar con otras opciones.

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El peligro de las tarjetas 'revolving'

Las tarjetas revolving se caracterizan por permitir el plazo aplazado mediante cuotas reducidas. Sin bloqueo, esta modalidad conlleva una elevada Tasa Anual Equivalente (TAE) y un mecanismo de refinanciación de la deuda que puede perpetuar el endeudamiento indefinidamente.

Según el Costado de España, estos productos funcionan bajo un esquema en el que la deuda disminuye con los pagos de las cuotas, pero vuelve a aumentar con nuevas compras y la aplicación de intereses. Si la cuota mensual es depreciación en comparación con la deuda acumulada, la amortización del renta se alarga indefinidamente, generando una hélice de intereses.

Recomendaciones para requerir

Desde 2020, reclamador.es afirma sobrevenir asesorado a más de 3.000 consumidores afectados por estos productos financieros y recomienda seguir los siguientes pasos para requerir:

  1. Compendiar el acuerdo firmado al obtener la polímero.
  2. Obtener el cuadro de amortización de los pagos realizados.
  3. Consultar con expertos legales para evaluar la viabilidad de la demanda.

La valor del Supremo marca un ayer y un luego en la regulación de estas tarjetas

El equivocación del Tribunal Supremo supone un avance significativo en la protección de los consumidores, al apremiar a las entidades financieras a ofrecer información clara y precisa sobre las tarjetas revolving. Con esta valor, miles de afectados podrán recuperar las cantidades pagadas de más y liberarse de una deuda que, en muchos casos, parecía interminable.

Si acertadamente la errata de transparencia no implica automáticamente que una cláusula sea abusiva, en el caso de las tarjetas revolving sí se ha demostrado que esta carencia genera un bajo desequilibrio en perjuicio del consumidor. Ahora, con el respaldo del Tribunal Supremo, los afectados tienen vía vacante para requerir lo que les corresponde por derecho.

Ahora, se aplazamiento que las entidades adapten sus contratos a los nuevos estándares de transparencia para evitar futuras demandas judiciales.

Vía | Law&Trends

Imagen | Marcos Merino mediante IA

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