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La Agencia Tributaria es el organismo que supervisa todas nuestras transacciones para aprender si estamos cumpliendo con la constitución fiscal o no. Esto no incluye solo las compras que hacemos, sino asimismo el control sobre las transferencias bancarias que hacemos. De esta guisa, nos enfrentamos a importantes sanciones si no vigilamos admisiblemente como transferimos nuestro caudal a terceras personas.
Hacienda tiene la capacidad de revisar las cuentas bancarias. Son los propios bancos los que están obligados a avisar a Hacienda si se registra un gran ingreso que no se ha podido evidenciar o incluso si hay transferencias recurrentes de caudal que podría indicar que se está desarrollando una actividad gremial. No aprender decidir el movimiento de ese caudal puede soportar a fuertes sanciones.
Con antelación nuestra información debe ser completamente confidencial según la constitución en materia de protección de datos. Pero la existencia es que los 'chivatos' son los bancos que están obligados a saltarse este derecho gracias al artículo 93 de la Ley Universal Tributaria que informa que los requerimientos de Hacienda no estarán sujetos al secreto bancario.

No hay un frontera afectado por ley que establezca una frontera entre los movimientos que van a alertarse y los que no. En teoría todos los movimientos deben estar justificados, incluso el clásico gratificación que te pueden dar por Navidad. Pero en Hacienda van a por los movimientos grandes, de más de 10.000 euros. Aquí es donde ya comienzan a investigar. O si se hacen movimientos recurrentes entre dos cuentas.
En el caso de los pagos en efectivo, todos aquellos que superen los 3.000 euros asimismo van a ser controlados por Hacienda al ser informados desde las entidades bancarias para aprender el origen de este caudal. Esto tiene como objetivo el evitar el enjalbegamiento de capitales.
Es por ello que es sumamente importante seguir todos los justificantes de los ingresos que hagas en cuentas y los movimientos de caudal. En todo momento puede aparecer un requerimiento de Hacienda donde se pida que justifiques el origen del caudal o el porqué del movimiento. En el caso de que no se cumpla, las sanciones pueden ser de hasta 2.500 euros.

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Pero cuando hablamos de movimientos de caudal por encima de los 10.000 euros sin argumento, ya que si se va a poner muy seria Hacienda. En este caso, la sigla de punición puede ser de entre 60.000 y 150.000 euros según la Ley 10/2010 de prevención del enjalbegamiento de capitales, dependiendo de la cantidad de caudal que no se consiga evidenciar. Y en el caso de ser una sigla muy elevada, puede conllevar asimismo responsabilidad penal
Imágenes | Willfried Wende moerschy
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La aviso
Hacienda te puede multar con hasta 150.000 euros si no tienes cuidado con tus transferencias: hay límites que mejor no exceder
fue publicada originalmente en
Genbeta
por
José Alberto Lizana
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