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El teletrabajo trajo la ilusión de poder trabajar en cualquier parte. Hacienda y la ciberseguridad han frenado ese sueño

Publicado el 
agosto 30, 2025

La pandemia lo popularizó y con su fin, fueron muchas las empresas las que empezaron a cerrar el espita del teletrabajo, pese a que hay estudios que evidencian que la productividad desprecio estando en la oficina. No obstante y pese a que las generaciones más jóvenes han enfrentado el regusto a la presencialidad, el teletrabajo sigue teniendo atractivo por su flexibilidad y la facilidad que promete para equilibrar vida profesional y personal.

Flexibilidad, pero con símbolo pequeña. Como explica en una publicación de LinkedIn la cazatalentos y consultora de Posibles Humanos Sandra Díaz González, es habitual que las empresas condicionen lo de "trabajar en cualquier parte", exigiendo que el trabajo en remoto se lleve a sitio desde el mismo oportunidad. Y tiene sentido por cuestiones legales, organizativas y hasta de seguridad, de obligado cumplimiento por las empresas.

Teletrabajar sonaba muy adecuadamente en la teoría, en la praxis hay desafíos

Hay teletrabajos y teletrabajos. Conviene destacar dos formas de teletrabajo: aquella que se lleva a sitio de forma continua y la que se produce de forma temporal, por ejemplo en momentos puntuales o durante el verano. No obstante, en cualquier caso es necesario que empresa y plantilla lo hayan acordado previamente y que ambas partes sean conocedoras de las condiciones. Cada transformación tiene su aquel.

Así, si el teletrabajo tiene oportunidad de forma continua y a etapa completa, las empresas suelen ser mucho más restrictivas respecto al oportunidad de trabajo por cuestiones de seguridad, fiscalidad o disponibilidad. Como recoge Autónomos y Emprendedores, no comunicar el cambio de domicilio desde el que se teletrabaja puede hasta aceptar a un despido procedente, respaldado por el Tribunal Superior de Conciencia de Madrid. Si el teletrabajo es ocasional, será suficiente con que se establezcan una serie de medidas básicas de seguridad en las comunicaciones.

Lo que dice la ley. Según la Ley 10/2021, conocida como Ley del teletrabajo, las empresas tienen responsabilidad sobre la prevención de riesgos laborales, ya sea en trabajo presencial o en remoto. ¿Qué significa esto? Que debe velar por tu seguridad, evaluando y garantizando que el oportunidad donde trabajas cumple con las condiciones necesarias para proteger la salud y la seguridad. Ya sea en tu oficina o en casa (o donde sea). Esto implica que tu oportunidad de trabajo debe contar con el equipo adecuado y que el entorno no genere riesgos para la vigor ni accidentes laborales. De ahí la importancia de que el oportunidad donde teletrabajas sea conocido y predecible.

La seguridad de comunicaciones y datos. Por si lo mencionado no fuera suficiente, hay otro motivo por el cual hay empresas que invitan a que el teletrabajo se haga desde un oportunidad fijo: proteger la información sensible y las comunicaciones. Al fin y al sitio conectarse desde el Wi-Fi de un hotel o de un café no siempre es la opción más robusta y sólida desde el punto de presencia de la seguridad, como señala la guía de Ciberseguridad en el teletrabajo del INCIBE. Con la reglamento de protección de datos en la mano, las empresas tienen la obligación de implementar controles para avalar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos con los que operan. Así, se valen de software de seguridad y una configuración determinada para las conexiones entrantes realizadas desde ubicaciones no registradas.

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Los nómadas digitales y la fiscalidad. El teletrabajo hace posible que determinado pueda trabajar en una empresa de Oklahoma viviendo en Madrid, pero la empresa debe seguir escrupulosamente ciertos criterios fiscales si el empleado tiene su residencia en otro país, lo que genera obligaciones tributarias extra y potenciales conflictos legales. Esto no aplica para viajes puntuales, pero sí si se sucede durante buena parte del año.

En este sentido, Hacienda podría considerar que la persona en cuestión no reside en el estado y ejecutar otra política fiscal. De hecho, como explican desde el sindicato USO, esta ingenuidad podría aceptar a que la empresa incurriera en un incumplimiento de las leyes de teletrabajo transfronterizo en relación con la cotización a la Seguridad Social. Esta es la razón por la que muchas empresas limitan el teletrabajo adentro del estado.

Si hay una fórmula por excelencia, esa es la del trabajo híbrido, lo que permite trabajar unos días de la semana en remoto y otros en presencial, asegurándose así la proximidad geográfica, lo que facilita cumplir con todas las medidas anteriores y encima simplificar logísticas como reuniones o eventos de empresa.

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