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83 medios la denuncian por 'comerse el pastel publicitario' recurriendo a la competencia desleal

Publicado el 
octubre 1, 2025

Hoy ha comenzado en los juzgados de lo Mercantil de Madrid un proceso sumarial que podría marcar un antaño y un luego en la relación entre los grandes gigantes tecnológicos y los medios de comunicación tradicionales en Europa.

La Asociación de Medios de Información (AMI), en representación de 83 cabeceras de medios españolas, reclama a Meta Platforms —la multinacional de Mark Zuckerberg propietaria de Facebook, Instagram y WhatsApp— una indemnización de más de 550 millones de euros por competencia desleal y uso indebido de datos personales.

¿Qué denuncian exactamente los medios españoles?

Los fundamentos de la demanda se centran en tres puntos esencia:

  1. Uso ilegítimo de datos personales: Entre el 25 de mayo de 2018 y el 31 de julio de 2023, Meta habría utilizado en su provecho los datos de navegación y comportamiento de millones de usuarios europeos sin una cojín reglamentario adecuada, incumpliendo el Reglamento Universal de Protección de Datos (RGPD).
  2. Logro de ingresos desleales: Según la AMI, el 100% de los ingresos publicitarios de Meta derivados de la segmentación de audiencias provendría de ese tratamiento masivo y no consentido de datos.
  3. Perjuicio a la prensa: Al vislumbrar inversión publicitaria de guisa ventajosa e irregular, Meta habría pequeño los ingresos de los medios, debilitando su sostenibilidad económica y, por extensión, la independencia y pluralidad informativa.

En palabras del presidente de la AMI, José Joly, la compañía de Zuckerberg

"ha construido su posición de dominio en el mercado publicitario despreciando la legislatura concebida para proteger el derecho fundamental a la intimidad de los ciudadanos europeos [...] estos comportamientos ponen en amenaza la supervivencia de los medios de información, fundamentales para la calidad democrática de un país".

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La AMI subraya que este caso no es solo un enfrentamiento empresarial: su directora común, Irene Lanzaco señala que "está en coyuntura la protección de los derechos de millones de ciudadanos europeos cuyos datos han sido explotados sin consentimiento".

Precedentes del caso

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Recordemos que tanto el Comité Europeo de Protección de Datos como la Autoridad de Protección de Datos de Irlanda ya han sancionado en varias ocasiones a Meta por incumplimientos sistemáticos en materia de privacidad. Incluso la Comisión Europea multó en 2025 a la tecnológica con 200 millones de euros por vulnerar el Reglamento de Mercados Digitales, correctivo que la empresa ha recurrido.

En España, encima de la demanda de los periódicos agrupados en AMI, todavía las principales televisiones (Atresmedia, Mediaset, Trece TV) y radios (SER, COPE, Onda Cero, RAC1) han interpuesto otra exigencia conjunta de 160 millones de euros por los mismos hechos.

Y el caso castellano no es poco retirado: en Francia, un reunión de 67 compañías mediáticas —que representan cerca de 200 medios— demandó igualmente a Meta por prácticas similares. La Autoridad de Competencia francesa ha extenso una investigación por desmán de posición dominante en el mercado publicitario.

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El motivo de la AMI contra Meta se ha descrito como una obra sumarial sin precedentes en España. Su resultado podría sentar justicia no solo para la prensa franquista, sino todavía para otros sectores que se enfrentan al poder de las plataformas tecnológicas.

La esencia no está solamente en la multa o indemnización, sino en el mensaje que envíen los tribunales:

  • ¿Debe primar el derecho de los ciudadanos a la privacidad sobre el maniquí de negocio de las grandes tecnológicas?
  • ¿Podrán los medios de comunicación recuperar parte de la inversión publicitaria perdida?
  • ¿Se abrirá un nuevo entorno de inmovilidad entre plataformas digitales y periodismo?

Meta, por su parte, ha rechazado la inculpación, calificándola de un intento de los medios tradicionales españoles de obtener compensación por "su propia incapacidad para adaptarse a la digitalización del mercado publicitario".

Ahora, el proceso iniciado en el Tribunal Mercantil nº 15 de Madrid se desarrollará siguiendo estas fases.

  • Primera sesión: testigos propuestos por Meta, principalmente trabajadores de la compañía.
  • Segunda sesión: intervención de peritos de ambas partes y presentación de conclusiones.
  • Resolución: conforme a la Ley de Valoración Civil, la sentencia debería dictarse en los 20 días hábiles siguientes.

Imagen | Marcos Merino mediante IA

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